{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "461" 
  ,"anioNorma" : 1976 
  ,"nombreNorma" : "FIJACION DE CONDICIONES PARA LA IMPORTACION DE EQUIPOS Y MATERIALES NECESARIOS PARA LA AMPLIACION DE LA FABRICA DE PORTLAND DE PAYSANDU" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1976/07/30/4" 
    ,"fechaPromulgacion" : "22/07/1976" 
  ,"fechaPublicacion" : "30/07/1976" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 1976 
  ,"pagina" : 336 
  } 
  ,"vistos" : "   Visto: el decreto 420/976 de 22 de mayo de 1975, por el que se autorizó a la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland a controlar directamente con la firma Gatx - Fuller S.A. (PTY) Ltda. de Sud Africa la ampliación de la Fábrica de Portland de Paysandú.\r\n\r\n  Resultando: que si bien surge de la parte expositiva de dicho decreto la\r\nconformidad de la Dirección General de Comercio Exterior para dicha\r\ncontratación, éste no contempla determinadas formalidades exigidas por le\r\nBanco de la República Oriental del Uruguay para dar curso a las denuncias\r\nde importación correspondientes a las maquinarias, equipos y materiales\r\nnecesarios para la obra, según lo dispuesto por el artículo 3º del decreto\r\n162/971 de 25 de marzo de 1971.\r\n\r\n  Considerando: que a fin de evitar dificultades operativas en la\r\ntramitación de las importaciones debe complementarse el decreto a que se\r\nhace referencia en el Visto de la presente estableciendo que el valor\r\ntotal del contrato asciende a Rands 11:200.000 (once millones doscientos\r\nmil Rands) y que las mercaderías a importar serán originarias de la\r\nRepública de Sud Africa y de otros países.\r\n\r\n  Atento: a lo expuesto y a lo informado por la Dirección General de\r\nComercio Exterior,\r\n\r\n  El Presidente de la República\r\n\r\n                              DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/461-1976/1" 
 ,"textoArticulo" : "   Establécese a efectos de lo dispuesto por el artículo 3º del decreto\r\n162/971 de 25 de marzo de 1971, que el costo de la ampliación de la\r\nFábrica de Portland de Paysandú autorizada por decreto 420/975 de 22 de\r\nmayo de 1975 es por hasta  un importe de Rands 11:200.000 (once millones\r\ndoscientos mil Rands) y que las maquinarias, equipos y materiales a\r\nsuministrar por la firma Gatx - Fuller (PTY) Ltda., serán originarias de\r\nla República de Sud Africa y otros países. " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/461-1976/2" 
 ,"textoArticulo" : "   Dése cuenta al Consejo de Estado. " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/461-1976/3" 
 ,"textoArticulo" : "   Comuníquese y vuelva a sus efectos al Organismo de procedencia. " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : "   DEMICHELI - ADOLFO CARDOSO GUANI - JUAN CARLOS BLANCO - ALEJANDRO VEGH\r\nVILLEGAS " 
 }