VISTO: las actuaciones por las cuales la Dirección Nacional de Sanidad de
las Fuerzas Armadas, solicita extender la vigencia de la Lista de
Precedencia resultante de los Concursos de Ingreso de Personal Subalterno
de dicha Dirección Nacional.
RESULTANDO: que por el artículo 4 del Reglamento de Ingreso de Personal
Subalterno de la Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas,
aprobado por el Decreto 127/006 de 27 de abril de 2006, se estableció la
vigencia de 1 (un) año, respecto de la Lista de Precedencia.
CONSIDERANDO: que es conveniente ampliar a 18 (dieciocho) meses la
vigencia de la Lista de Precedencia referida, a efectos de contemplar las
necesidades del Servicio, generándose celeridad en los procedimientos y
economías en los recursos financieros.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo informado por la Dirección
Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas y por el Departamento
Jurídico-Notarial del Ministerio de Defensa Nacional.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Sustituir el artículo 4 del Reglamento de Ingreso de Personal Subalterno
de la Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas, aprobado por
el Decreto 127/006 de 27 de abril de 2006, el que quedará redactado de la
siguiente manera:(*)