{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "46" 
  ,"anioNorma" : 2007 
  ,"nombreNorma" : "DEROGACION AL REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DE LAS COMISIONES DE COLABORACION POLICIAL" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2007/02/12/6" 
    ,"fechaPromulgacion" : "05/02/2007" 
  ,"fechaPublicacion" : "12/02/2007" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 2007 
  ,"pagina" : 220 
  } 
  ,"referenciasNorma" : " <b><font color=\"#FF0000\">Derogada/o por:</font></b> Decreto Nº 111/016 <IMAGE SRC=\"http://www.impo.com.uy/imagenes/fd.gif\" style=\"border:0;float:none;margin:0;\" ALT=\"Derogada/o\" TITLE=\"Derogada/o\"> de 25/04/2016 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/111-2016/5\" >5</a>.\r\n " 
  ,"urlReferenciasTodaLaNorma" : "/bases/decretos/46-2007?verreferencias=norma" 
  ,"vistos" : " VISTO: el Decreto del Poder Ejecutivo de fecha 29 de setiembre de 1991 por el que se aprobó el Reglamento de Funcionamiento de las Comisiones de Colaboración Policial, modificado parcialmente por el Decreto Nº 428/996 del 13 de noviembre de 1996.\r\n\r\nRESULTANDO: I) Que en dicho Reglamento, asimismo, en sus artículos 20, 21, 22 en la redacción dada por el Decreto 428/996 citado, y 23 se crearon los Consejos Coordinadores de Comisiones de Colaboración Policial, reglamentándose su actuación en cada Jefatura de Policía y Dirección Nacional, a los efectos del mejoramiento de la imagen del policía ante la sociedad a través de las relaciones públicas, para el logro de un objetivo común y como árbitro en las controversias que pudieren suscitarse entre Comisiones.\r\n\r\nII) Que en su artículo 24 y 25 se reglamenta también la realización de Congresos a efectos de tratar y resolver asuntos de interés común.\r\n\r\nCONSIDERANDO: Que en cuanto a la realización de los Congresos, por razones económicas, desde hace ya varios años no se vienen realizando y en cuanto a los Consejos Coordinadores esta Administración ha considerado más eficaz, a los efectos antes señalados, centralizar en la Oficina Coordinadora de las Comisiones de Colaboración Policial todo lo relacionado a dicha materia, por lo que se entiende pertinente proceder a la derogación de dichos artículos.\r\n\r\nATENTO: a lo precedentemente expuesto.\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
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  ,"notasArticulo" : "<br><b><font color=\"#008200\">TEXTO ORIGINAL:</font></b> Decreto Nº 46/007 de 05/02/2007 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-originales/46-2007/1\" >1</a>.\r\n" 
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 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/46-2007/2" 
 ,"textoArticulo" : "    (*) " 
  ,"notasArticulo" : "<br><b><font color=\"#008200\">TEXTO ORIGINAL:</font></b> Decreto Nº 46/007 de 05/02/2007 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-originales/46-2007/2\" >2</a>.\r\n" 
 } 
  ] 
  ,"firmantes" : " TABARE VAZQUEZ - JOSE DIAZ\r\n " 
 }