Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 15.600 de 19/07/1984.
CAPITULO V - REGIMEN TRANSITORIO
Artículo 13
Para los futuros ascensos que se efectúen, se tomará en cuenta la calificación del primer semestre de 1984 hasta tanto se realice una nueva calificación de acuerdo al decreto 104/983 del 22 de marzo de 1983.