APROBACION DE PARTIDAS PRESUPUESTALES PARA EL BANCO DE PREVISION SOCIAL




Promulgación: 03/12/1997
Publicación: 15/12/1997
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1997
  •    Página: 1609

Artículo 17

El Banco de Previsión Social otorgará a los funcionarios que ocupen
cargos en las Areas de Sistemas, Programación de Sistemas y Calidad que
cumplan funciones de Análisis, Programación y Testeo y al personal
jerárquico del Escalafón "D" del grado 17 al 21 inclusive de la
Repartición Informática, que cumplan efectivamente la función, una
compensación del 10% (diez por ciento), del sueldo básico de 8 horas de la
escala de remuneraciones.
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