FUNCIONARIOS DE DGI. AUMENTO ADICIONAL




Promulgación: 04/09/2008
Publicación: 09/10/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 808
VISTO: la necesidad de precisar el alcance del Decreto Nº 403/008 que
adecua la remuneración de los funcionarios públicos de la Unidad Ejecutora
005 "Dirección General Impositiva" del Inciso 05, "Ministerio de Economía
y Finanzas".

RESULTANDO: I) que el artículo 6º de la Ley Nº 15.809 de 8 de abril de
1986 con las modificaciones dispuestas por el artículo 1º de la Ley Nº
16.903 de 31 de diciembre de 1997, estableció plazos y condiciones para
que el Poder Ejecutivo adecuara las remuneraciones de los funcionarios
públicos de los Incisos 02 a 15 del Presupuesto Nacional.

II) que el Decreto Nº 41/008 dispone el ajuste de las remuneraciones de
los funcionarios públicos a partir del 1º de enero de 2008.

III) que el Decreto Nº 403/2008 dispone un ajuste adicional de las
remuneraciones de los funcionarios de la Unidad Ejecutora 005 "Dirección
General Impositiva" del Inciso 05, "Ministerio de Economía y Finanzas".

CONSIDERANDO: I) que el Poder Ejecutivo, como resultado de la aplicación
de los lineamientos de su política salarial, y a las necesidades de
adecuación de las funciones de la Unidad Ejecutora 005 "Dirección General
Impositiva" del Inciso 05, "Ministerio de Economía y Finanzas"
consecuencia del proceso de Reforma Tributaria, por artículo 1º del
Decreto Nº 403/2008 otorgó un aumento adicional al dispuesto por el
artículo 1º de decreto 41/2008.

II) que es necesario precisar que dicho aumento es aplicable
exclusivamente a los funcionarios que presten funciones en la Unidad
Ejecutora 005 "Dirección General Impositiva" del Inciso 05, "Ministerio de
Economía y Finanzas" incluidos en el régimen establecido por el decreto
166/2005 y se aplica sobre las remuneraciones vigentes al mes de enero de
2008.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por las normas
legales citadas.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
                     actuando en Consejo de Ministros

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Aumento General. El aumento adicional dispuesto por el artículo 1º del
decreto 403/2008 se aplicará exclusivamente a las remuneraciones vigentes
al mes de enero de 2008, que ajustan de acuerdo el artículo 6º de la Ley
Nº 15.809 de 8 de abril de 1986 con las modificaciones dispuestas por el
artículo 1º de la Ley Nº 16.903 de 31 de diciembre de 1997, para los
funcionarios que presten funciones en la Unidad Ejecutora 005 "Dirección
General Impositiva" del Inciso 05, "Ministerio de Economía y Finanzas"
incluidos en el régimen del decreto Nº 166/2005, percibidas con cargo a
créditos correspondientes a Rentas Generales, Recursos con Afectación
Especial y otras financiaciones.

RODOLFO NIN NOVOA - DAISY TOURNE - GONZALO FERNANDEZ - MARIO BERGARA - JOSE BAYARDI - MARIA SIMON - VICTOR ROSSI - DANIEL MARTINEZ - JORGE BRUNI - MIGUEL FERNANDEZ GALEANO - ANDRES BERTERRECHE - HECTOR LESCANO - CARLOS COLACCE - MARINA ARISMENDI
Ayuda