REGLAMENTACION DEL DECRETO LEY 14.294, LEY DE ESTUPEFACIENTES




Promulgación: 20/07/1976
Publicación: 27/07/1976
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1976
  •    Página: 264
Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 14.294 de 31/10/1974.
Referencias a toda la norma

Artículo 105

  El Ministerio de Salud Pública, por intermedio de la Inspección General
de Química, Farmacia y Drogas de la División Técnica, controlará la
disponibilidad y utilización de la materia prima para la elaboración de
especialidades farmacéuticas con acción psicofarmacológica, así como la
distribución y venta de las mismas. A tales efectos el tráfico de dicha
materia prima deberá ser autorizado previamente por la Inspección General
de Química, Farmacia y Drogas, la cual expedirá el certificado de
exportación e importación correspondiente.
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