{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "452" 
  ,"anioNorma" : 1975 
  ,"nombreNorma" : "DESTINO FUNCIONARIO EN EL INSTITUTO GEOLOGICO \"ING. EDUARDO TERRA AROCENA\"" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1975/06/17/5" 
    ,"fechaPromulgacion" : "05/06/1975" 
  ,"fechaPublicacion" : "17/06/1975" 
  ,"vistos" : "    Visto: el decreto 1.055/973 de 13 de diciembre de 1973, por el que se dictan normas referentes a la redistribución del personal excedente del Poder Legislativo a distintos organismos del Sector Público.\r\n\r\n   Considerando: I) Que el artículo 1.o del decreto mencionado, dispuso que la Oficina Nacional del Servicio Civil instrumentará la redistribución \"en comisión\" de este personal excedente en dependencias de la Administración Central, Entes Autónomos y Servicios Descentralizados;\r\n\r\n   II) Que la Oficina Nacional del Servicio Civil ha asesorado respecto de la redistribución que se propone.\r\n\r\n   Atento: a lo dispuesto por el decreto 1.055/973 de 13 de diciembre de 1973, y a lo informado por la Oficina Nacional del Servicio Civil.\r\n\r\n   El Presidente de la República\r\n\r\n                                 DECRETA: " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/452-1975/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Destínase al siguiente funcionario proveniente del Poder Legislativo para desempeñar las tareas que se detallan en el lugar que seguidamente se establece:\r\n\r\n   \"Ministerio de Industria y Energía\" - Instituto Geológico \"Ing. Eduardo Terra Arocena\".\r\n   Nombre y apellido: Carlos Camou Fabini; Tareas a desempeñar: Administrativas. " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver en esta norma, artículo:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/452-1975/2\" >2</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/452-1975/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Declárase que el funcionario cuyo destino se fija por el artículo anterior conservará los derechos correspondientes a su situación presupuestaria y se regirá por todas las disposiciones estatutarias y reglamentarias vigentes en la dependencia donde ha sido asignado. " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/452-1975/3" 
 ,"textoArticulo" : "    Encomiéndase a la Dirección de los Servicios Administrativos del Palacio Legislativo, la notificación personal del funcionario cuyo destino se dispone por el presente decreto con la manifestación de que deberá presentarse a éste el día siguiente de efectuada dicha notificación. " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/452-1975/4" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, etc. " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " BORDABERRY.- ALEJANDRO VEGH VILLEGAS.- ADOLFO CARDOSO GUANI. " 
 }