{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "451" 
  ,"anioNorma" : 2006 
  ,"nombreNorma" : "CREACION DE COMISION INTERMINISTERIAL PARA LA PREVENCION COMBATE Y ELIMINACION DEL TRAFICO ILICITO DE ARMAS PEQUEÑAS Y LIGERAS" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2006/11/28/7" 
    ,"fechaPromulgacion" : "20/11/2006" 
  ,"fechaPublicacion" : "28/11/2006" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 2006 
  ,"pagina" : 1235 
  } 
  ,"vistos" : " VISTO: que la República Oriental del Uruguay es parte de la Convención de las Naciones Unidas del año 2001 para Prevenir, Combatir y Eliminar el Tráfico Ilícito de Armas Pequeñas y Ligeras en todos sus aspectos;  \r\n\r\nRESULTANDO: I) que el Programa de Acción elaborado en el marco de la Convención \"Programas de Acción 2001\", establece los compromisos asumidos por los Estados Partes en la materia;\r\n\r\nII) que en los párrafos 4 y 5 del Programa de Acción, figura la necesidad de establecer una Comisión Intergubernamental a efectos de coordinar acciones en las distintas áreas vinculadas al Trafico Ilícito de Armas Pequeñas y Ligeras, así como la designación de un Punto Focal Nacional en la materia;\r\n\r\nIII) que a tales efectos corresponde establecer una Comisión Interministerial para el cumplimiento de los compromisos asumidos en la Convención de las Naciones Unidas del año 2001 para Prevenir, Combatir y Eliminar el Tráfico Ilícito de Armas Pequeñas y Ligeras en todos sus aspectos; \r\n\r\nATENTO: a lo anteriormente expuesto;\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/451-2006/1" 
 ,"textoArticulo" : "  Créase una Comisión Interministerial para la Prevención, Combate y Eliminación del Tráfico Ilícito de Armas Pequeñas y Ligeras en todos sus aspectos, integrada con un representante del Ministerio de Relaciones Exteriores, uno del Ministerio del Interior, uno del Ministerio de  Economía y Finanzas, uno del Ministerio de Defensa Nacional, uno del Ministerio de Educación y Cultura, uno del Ministerio de Salud Pública y uno del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, pudiéndose integrar asimismo con aquellos asesores técnicos que se estimen necesarios.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/451-2006/2" 
 ,"textoArticulo" : "  Invítese al Poder Judicial y al Instituto Técnico Forense a designar un delegado que lo represente en la Comisión Interministerial que se crea. \r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/451-2006/3" 
 ,"textoArticulo" : "  La Comisión Interministerial estará presidida por el delegado del Ministerio de Relaciones Exteriores, que será el punto focal de contacto para actuar como enlace entre Estados sobre los temas relacionados a la implementación del Plan de Acción y que además ejercerá la Secretaria Ejecutiva de la misma.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/451-2006/4" 
 ,"textoArticulo" : "  Serán cometidos de la Comisión Interministerial actuar en calidad de Autoridad Nacional en la materia actuando como agencia de coordinación entre las instituciones con competencia en el desarrollo de políticas, investigación y monitoreo de los esfuerzos para prevenir, combatir y erradicar el tráfico ilícito de armas a nivel nacional y que funcionará como nexo con la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y los Estados Partes de la Convención a través de los canales diplomáticos correspondientes del Ministerio de Relaciones Exteriores, implementar la remisión de los Informes anuales con los datos sobre las actividades realizadas a nivel nacional en cumplimiento de dichos compromisos, coordinar la participación las Reuniones Bienales de seguimiento y en la Conferencia de Revisión quinquenal, establecer canales de comunicación con los representantes del Poder Legislativo, la Sociedad Civil y otras entidades vinculadas a la materia.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "5" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 5" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/451-2006/5" 
 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, publíquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " TABARE VAZQUEZ - REINALDO GARGANO - JOSE DIAZ - DANILO ASTORI - AZUCENA \r\nBERRUTTI - JORGE BROVETTO - MARIA JULIA MUÑOZ - JOSE MUJICA\r\n " 
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