{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "450" 
  ,"anioNorma" : 1993 
  ,"nombreNorma" : "SALUD PUBLICA - TRIBUTOS" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1993/10/28/17" 
    ,"fechaPromulgacion" : "20/10/1993" 
  ,"fechaPublicacion" : "28/10/1993" 
  ,"vistos" : "     Visto: la gestión promovida por la Dirección Epidemiología del\r\nMinisterio de Salud Pública;\r\n\r\n    Resultando: que por la citada Dirección se solicita se deje sin efecto\r\nel inciso 11.3 del artículo 11 (Aranceles-Sanidad Aérea) del Decreto del\r\nPoder Ejecutivo Nº 672/991 de 11 de diciembre de 1991;\r\n\r\n    Considerando: que de acuerdo con lo informado por la División Asuntos\r\nLegales del Ministerio de Salud Pública los montos abonados por el\r\nconcepto previsto en el literal a) del inciso 11.3 del artículo 11 del\r\ncitado Decreto constituyen tributos, en tanto que los previstos en los\r\nliterales b) y c) de la misma norma poseen naturaleza de precio;\r\n\r\n    Atento: a lo preceptuado por los artículos 178 de la Ley Nº 13.737 de\r\n9 de enero de 1969 y 408 de la Ley Nº 16.170 de 28 de diciembre de 1990;\r\n\r\n    El Presidente de la República\r\n\r\n                  DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/450-1993/1" 
 ,"textoArticulo" : "     Déjase sin efecto el literal a) del inciso 11.3 del artículo 11 del\r\nDecreto del Poder Ejecutivo Nº 672/991 de 11 de diciembre de 1991.  \r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/450-1993/2" 
 ,"textoArticulo" : "   Comuníquese, publíquese, etc. \r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " LACALLE HERRERA - GUILLERMO GARCIA COSTA - IGNACIO DE POSADAS MONTERO\r\n " 
 }