REGLAMENTACION DEL ART. 33 DE LA LEY 18.250, RELATIVO A LA LEY DE MIGRACIONES




Promulgación: 08/02/2023
Publicación: 14/02/2023
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre se encuentra disponible en la Librería Digital de IMPO.
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.250 de 06/01/2008 artículo 33.

Artículo 5

   Todas las personas comprendidas en el artículo 33 de la Ley N° 18.250 de 6 de enero de 2008, en la redacción dada por el artículo 169 de la Ley N° 20.075 de 20 de octubre de 2022, que al momento de entrada en vigencia del presente Decreto hayan comenzado el trámite de residencia ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, continuarán las gestiones relativas a su solicitud a través de dicha Secretaría de Estado.
Content-Type: text/html; charset=ISO-8859-1 Banco de Datos de IM.P.O.
Logo IMPO - Centro de Información Oficial

Error

Se ha producido un error interno del sistema

Se ha enviado un mail al Centro de Cómputos con los datos del error.

El mismo será resuelto a la brevedad.

Muchas Gracias.





impo@impo.com.uy - 18 de julio 1373 - CP 11.200 - TEL: 2908 5042 , 2908 5180 , 2908 5276 - FAX: 2902 3098 - Horario de atención al público: 9:30 a 16:00 hs.