Reglamentario/a de: Ley Nº 18.250 de 06/01/2008 artículo 33.
El Ministerio del Interior a través de la Dirección Nacional de Migración, expedirá el certificado correspondiente a los efectos de que el titular del trámite se presente ante la Dirección Nacional de Identificación Civil para obtener su documento de identidad uruguayo.Content-Type: text/html; charset=ISO-8859-1
Se ha producido un error interno del sistema
Se ha enviado un mail al Centro de Cómputos con los datos del error.
El mismo será resuelto a la brevedad.
Muchas Gracias.
impo@impo.com.uy - 18 de julio 1373 - CP 11.200 - TEL: 2908 5042 , 2908 5180 , 2908 5276 - FAX: 2902 3098 - Horario de atención al público: 9:30 a 16:00 hs.