REGULACION DE LA PRESTACION DE LOS SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL, RADIO Y TELEVISION




Promulgación: 02/02/2015
Publicación: 06/02/2015
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

Artículo 5

   Convalídase, a los efectos de continuar la tramitación de aquéllos asuntos iniciados con anterioridad a la promulgación de la ley, el procedimiento cumplido al amparo de la normativa vigente a la fecha de la solicitud correspondiente, sin perjuicio de que se exigirá el cumplimiento de la nueva normativa en lo que respecta a los requisitos de los nuevos titulares de servicios de comunicación audiovisual y su acreditación.
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