CONVENIOS LABORALES. ACTIVIDAD PRIVADA. EMPLEADOS PRIVADOS. CONSEJOS DE SALARIOS. GRUPOS DE ACTIVIDAD. GRUPO Nº 1 COMERCIO. SUBGRUPO Nº 30 AGENCIAS DE CARGA AEREA Y COURIER. CAPITULO AGENCIAS DE CARGA AEREA




Promulgación: 12/01/1988
Publicación: 09/03/1988
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 4

   Cuando existan trabajadores no categorizados específicamente en los 
laudos o decretos del presente grupo, este Consejo de Salarios 
determinará la categoría a la cual deben asimilarse dichos trabajadores 
teniendo en cuenta las categorías ya laudadas.
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