El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre se encuentra disponible en la Librería Digital de IMPO.
VISTO: la conveniencia de emitir Títulos de Deuda Pública en Unidades Indexadas (UI) y en Unidades Previsionales (UP);
CONSIDERANDO: la demanda de tales valores en el mercado local;
ATENTO: a lo informado por la Unidad de Gestión de Deuda del Ministerio de Economía y Finanzas y a lo dispuesto por los artículos 696 a 701 de la Ley N° 19.924, de 18 de diciembre de 2020, y el artículo 343 de la Ley N° 19.996, de 3 de noviembre de 2021;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Artículo 1
Dispónese la emisión de Notas de Tesorería por hasta la suma de UI 9.500:000.000 (nueve mil quinientos millones de Unidades Indexadas) en los plazos de 2 (dos) a 25 (veinticinco) años; y de UP 24.500:000.000 (veinticuatro mil quinientos millones de Unidades Previsionales) en los plazos de 2 (dos) a 30 (treinta) años; por los montos, condiciones, modalidades de integración y fechas que determine el Ministerio de Economía y Finanzas.
La presente autorización tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2022.