EMISION DE TITULOS DE DEUDA DE URUGUAY, EN PESOS URUGUAYOS (UYU), UNIDADES INDEXADAS (UI) Y EN UNIDADES PREVISIONALES (UP)




Promulgación: 28/12/2023
Publicación: 12/01/2024
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: la conveniencia de emitir Títulos de Deuda Pública en Pesos Uruguayos (UYU), Unidades Indexadas (UI) y en Unidades Previsionales (UP);

   CONSIDERANDO: la demanda de tales valores en el mercado local,

   ATENTO: a lo informado por la División Unidad de Gestión de Deuda del Ministerio de Economía y Finanzas y a lo dispuesto por los artículos 696 a 701 de la Ley N° 19.924, de 18 de diciembre de 2020, y el artículo 500 de la Ley N° 20.075. de 20 de octubre de 2022;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Dispónese la emisión de Notas de Tesorería por hasta la suma de UYU 10.800:000.000 (pesos uruguayos diez mil ochocientos millones) de madurez de entre 2 (dos) y 5 (cinco) años de plazo: de UI por hasta la suma de 7.200:000.000 (unidades indexadas siete mil doscientos millones) de madurez de 4 (cuatro) a 25 (veinticinco) años de plazo; y de UP 36.900:000.000 (unidades previsionales treinta y seis mil novecientos millones) de madurez entre 4 (cuatro) a 30 (treinta) años de plazo; por los montos. condiciones, modalidades de integración y fechas que determine el Ministerio de Economía y Finanzas.

   La presente autorización tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2024

   LACALLE POU LUIS - AZUCENA ARBELECHE
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