LIQUIDACION DEL IMPUESTO ESPECIFICO INTERNO (IMESI) PARA LAS GRASAS Y LUBRICANTES. ENERO 2022




Promulgación: 29/12/2021
Publicación: 31/12/2021
Sección: Ultimo Momento
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: el régimen de liquidación del Impuesto Específico Interno (IMESI) aplicable a las grasas y lubricantes;

   RESULTANDO: que el Decreto N° 520/007, de 27 de diciembre de 2007, estableció la forma de determinación de la base imponible del Impuesto Específico Interno con relación a los referidos bienes;

   CONSIDERANDO: que resulta conveniente adecuar los montos fijos por unidad enajenada;

   ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por los artículos 33 y siguientes de la Ley N° 18.083, de 27 de diciembre de 2006;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Fíjanse para las grasas y lubricantes las siguientes bases específicas, tasas e impuestos por unidad física enajenada, correspondientes a los bienes que se detallan, de acuerdo con los numerales establecidos por el artículo 1° del Título 11 del Texto Ordenado 1996.

Numeral
Bienes
Unidad Física
Base específica
Tasa
Impuesto
12)
Lubricantes
1 litro
$ 128,22
39%
$ 50,01
12) 
Grasas
1 kilo
$ 167,52
39%
$ 65,33
13) 
Lubricantes
1 litro
$ 128,22
2,50%
$ 3,21
13)
Grasas
1 kilo
$ 167,52
2,50%
$ 4,19
Para otras presentaciones el impuesto se determinará proporcionalmente.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2 (vigencia).

Artículo 2

   Las disposiciones establecidas en el presente Decreto rigen a partir del tercer día hábil de su publicación.

Artículo 3

   Comuníquese y archívese.

   LACALLE POU LUIS - AZUCENA ARBELECHE
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