APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BANCO HIPOTECARIO DEL URUGUAY. EJERCICIO 2017




Promulgación: 29/12/2016
Publicación: 16/01/2017
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

Artículo 5

   CONCEPTOS BÁSICOS. A los efectos de la correcta aplicación e interpretación de las Normas Presupuestales se definen a continuación, los siguientes conceptos básicos:

   A) Escalafón es el mayor agrupamiento de funcionarios en la estructura de cargos, realizado en atención a la naturaleza de las tareas que les corresponde desempeñar, a saber:
   *  Gerencial
   *  Administrativo
   *  Técnico - Profesional
   *  Informática
   *  Servicios y Oficios

   B) Serie es el ordenamiento jerárquico de cargos de análoga naturaleza dentro de un escalafón, diferenciados entre sí por su nivel de complejidad jerárquica y responsabilidad.
   Constituye la carrera que los funcionarios están habilitados a desarrollar dentro de un determinado escalafón, a saber:
   1) Dentro de un cargo, por los respectivos progresivos.
   2) Dentro de una serie, por el ascenso de cargos, con la salvedad
      prevista en el artículo 18.1.

   C) Cargos son el conjunto de tareas, deberes y responsabilidades encomendadas al titular de un puesto de trabajo, que las normas presupuestales definen en cantidad, grados de la escala patrón, series y escalafones.
   Cada cargo significa en sus integrantes, preparación y aptitudes superiores a las necesarias para el servicio del cargo inferior.

   D) Escalón El número y desarrollo de los escalones en cada cargo será determinado por estas normas, siendo el progresivo la diferencia entre escalones que normalmente se adjudica por cada período establecido en las mismas de servicio efectivo en el cargo, serie y escalafón.
   No se computarán como servicio efectivo las licencias extraordinarias sin goce de sueldo.
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