CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO Nº 5 TRANSPORTE TERRESTRE DE PERSONAS




Promulgación: 19/08/1985
Publicación: 11/09/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 2

  La remuneración de los conductores de automóviles con taxímetros del departamento de Montevideo en el período comprendido en el período entre el 15 de julio de 1985 y el 4 de agosto siguiente, se rige por lo dispuesto por el numeral 1º del capítulo IV del decreto 369/985, del 17 de julio de 1985 en su redacción original.
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