FIJACION DE LOS COMETIDOS DE LA OFICINA DE RETORNO Y BIENVENIDA. DEROGACION DE LOS ARTS. 2° DEL DECRETO 357/008 Y 57 DEL DECRETO 394/009




Promulgación: 19/12/2011
Publicación: 28/12/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2011
  •    Página: 1519
VISTO: lo dispuesto por el artículo 73 de la Ley 18.250 de 6 de enero de
2008;

RESULTANDO: que la referida norma establece que el Ministerio de
Relaciones Exteriores, a través de la Dirección General para Asuntos
Consulares y Vinculación, tendrá a su cargo la coordinación de la política
nacional de vinculación y retorno con la emigración;

CONSIDERANDO: I) que por Decreto N° 357/2008 de 23 de julio de 2008 así
como por Decreto N° 394/2009 de fecha 24 de agosto de 2009 se reglamentó
lo dispuesto por la Ley 18.250 de 6 de enero de 2008;

II) que se entiende necesario modificar los cometidos de la Oficina de
Retorno y Bienvenida a fin de actualizar las acciones por la misma
desarrollada;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   (*)

(*)Notas:
Derogado/s por: Decreto Nº 176/019 de 24/06/2019 artículo 30.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 441/011 de 19/12/2011 artículo 1.

Artículo 2

 Derógase lo dispuesto por el artículo 2 del Decreto N° 357/2008 de 23 de
julio de 2008, así como lo dispuesto por el artículo 57 del Decreto N°
394/2009 de fecha 24 de agosto de 2009.

Artículo 3

 Comuníquese, publíquese, etc.

JOSÉ MUJICA - LUIS ALMAGRO
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