REGLAMENTACION DE LA LEY 19.179, RELATIVO A LA REGULACION DEL FORMATO PARA EL PROCESAMIENTO Y ALMACENAMIENTO DE INFORMACION DIGITAL POR PARTE DE DETERMINADOS ORGANISMOS Y EMPRESAS




Promulgación: 30/01/2015
Publicación: 06/02/2015
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.179 de 27/12/2013.
Referencias a toda la norma

Artículo 5

   Estándares de intercambio. Los sujetos obligados deberán implementar las acciones necesarias para facilitar el intercambio de información con el Estado a través de internet, dando cumplimiento a las estipulaciones previstas en el artículo 1° de la Ley que se reglamenta, sin generar erogaciones a las personas.

   Lo establecido en el inciso anterior deberá implementarse antes del 31 de diciembre de 2015.
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