{  "tipoNorma" : "Decreto" 
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  ,"anioNorma" : 2004 
  ,"nombreNorma" : "DEROGACION DEL PASAPORTE SANITARIO EQUINO DEL MERCOSUR" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2004/12/22/16" 
    ,"fechaPromulgacion" : "16/12/2004" 
  ,"fechaPublicacion" : "22/12/2004" 
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  ,"anio" : 2004 
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  ,"vistos" : " VISTO: las Resoluciones N° 07/96 y N° 46/02, del Grupo Mercado Común del\r\nMERCOSUR, el decreto N° 253/996, de 26 de junio de 1996 y el decreto\r\n213/004, de 24 de junio de 2004;\r\n\r\nRESULTANDO: I) la resolución N° 07/96, del Grupo Mercado Común, fue\r\nincorporada al derecho positivo nacional por el decreto N° 253/996, de 26\r\nde junio de 1996;\r\n\r\nII) por la Resolución N° 46/02 del Grupo Mercado Común, se derogó la\r\nResolución N° 07/96 del mismo Órgano;\r\n\r\nIII) por el Art. 1° del decreto N° 213/004, se aprobó el uso del\r\nDocumento denominado Pasaporte Equino y, por el Art. 9°, se estableció\r\nque \"Solo serán válidos los pasaportes previstos en el artículo 1° de\r\neste decreto\", que se emitan o renueven a partir de la vigencia del\r\npresente decreto;\r\n\r\nCONSIDERANDO: sin perjuicio de lo dispuesto en Art. 9° del decreto N°\r\n213/04, de 24 de junio de 1994, razones de buena práctica administrativa\r\naconsejan la derogación expresa del decreto N° 253/996, de 26 de junio de\r\n1996, dando a su vez cumplimiento a lo dispuesto por el Protocolo de Ouro\r\nPreto;\r\n\r\nATENTO: a lo establecido por la ley N° 16.172, de 1° de setiembre de\r\n1995, que aprueba el Protocolo de Ouro Preto,\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
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 ,"textoArticulo" : "  Derógase el decreto N° 253/996, de 26 de junio de 1996.\r\n " 
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 ,"textoArticulo" : "  El presente decreto regirá a partir de su publicación en el Diario\r\nOficial.\r\n " 
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 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, etc.\r\n " 
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  ,"firmantes" : " HIERRO LOPEZ - MARTIN AGUIRREZABALA - WILLIAM EHLERS\r\n " 
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