DEROGACION DEL PASAPORTE SANITARIO EQUINO DEL MERCOSUR




Promulgación: 16/12/2004
Publicación: 22/12/2004
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2004
  •    Página: 1386
VISTO: las Resoluciones N° 07/96 y N° 46/02, del Grupo Mercado Común del
MERCOSUR, el decreto N° 253/996, de 26 de junio de 1996 y el decreto
213/004, de 24 de junio de 2004;

RESULTANDO: I) la resolución N° 07/96, del Grupo Mercado Común, fue
incorporada al derecho positivo nacional por el decreto N° 253/996, de 26
de junio de 1996;

II) por la Resolución N° 46/02 del Grupo Mercado Común, se derogó la
Resolución N° 07/96 del mismo Órgano;

III) por el Art. 1° del decreto N° 213/004, se aprobó el uso del
Documento denominado Pasaporte Equino y, por el Art. 9°, se estableció
que "Solo serán válidos los pasaportes previstos en el artículo 1° de
este decreto", que se emitan o renueven a partir de la vigencia del
presente decreto;

CONSIDERANDO: sin perjuicio de lo dispuesto en Art. 9° del decreto N°
213/04, de 24 de junio de 1994, razones de buena práctica administrativa
aconsejan la derogación expresa del decreto N° 253/996, de 26 de junio de
1996, dando a su vez cumplimiento a lo dispuesto por el Protocolo de Ouro
Preto;

ATENTO: a lo establecido por la ley N° 16.172, de 1° de setiembre de
1995, que aprueba el Protocolo de Ouro Preto,

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Derógase el decreto N° 253/996, de 26 de junio de 1996.

Artículo 2

 El presente decreto regirá a partir de su publicación en el Diario
Oficial.

Artículo 3

 Comuníquese, etc.

HIERRO LOPEZ - MARTIN AGUIRREZABALA - WILLIAM EHLERS
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