Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: la gestión de la Comisión Honoraria para la Lucha
Antituberculosa solicitando aprobación del Presupuesto de Ingresos y
Egresos para el ejercicio 1994.
Resultando: I) que el referido Presupuesto así como un Programa Anual
de Actividades fue aprobado por la Comisión Honoraria en Sesión de 29 de
setiembre de 1992.
II) que el artículo 277 de la Ley Nº 16.226 de 29 de octubre de 1991 al
derogar el artículo 623 de la Ley Nº 15.903 de 10 de noviembre de 1987
determinó que dicha Comisión pase a ser una dependencia estatal.
III) que se incluyen en el referido Presupuesto, con cargo al Rubro 9
"Asignaciones Globales", los gastos estimados del Plan de Vacunación
masiva antisarampionosa dispuesto por el Ministerio de Salud Pública, que
ascienden a $ 1:250.000. (pesos uruguayos un millón doscientos cincuenta
mil).
Considerando: I) que de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 509 de
la Ley Nº 16.320 de 1º de noviembre de 1992 procedería autorizar la
presente tramitación.
II) que la Contaduría General de la Nación ha emitido su informe y el
Tribunal de Cuentas su dictamen.
Atento: a lo antes expuesto
El Presidente de la República
DECRETA:
Apruébase el Presupuesto de Ingresos y Egresos, correspondiente al
ejercicio 1994, de la Comisión Honoraria para la Lucha Antituberculosa, de
acuerdo al detalle que obra a continuación:
INGRESOS $
a) Dirección General Impositiva 16:320.000
b) Dirección de Loterías y Quinielas 3:000.000
c) Intendencia Municipal de Montevideo 650.000
d) Intendencias Municipales del Interior 24.700
e) Dancings, Cabarets, etc. 223.000
f) Cuenta Banco República Nº 20.338 410.000
g) Caja de Ahorro Nº 2316544 8:750.000
h) Intereses y Diferencias de cambio (estim.) 2:310.000
31:687.700
EGRESOS
RUBRO SUB-RUB. DENOM. ASIGNADO AUMENTO PREVISTO
1993 0 DISM. 1994
$ (%) $
REMUNERACIONES
0 011.311 Sueldos Básicos
Personal con
cargo Permanente 7:250.000 54,48 11:200.000
011.312 Incrementos por
mayor horario
permanente 1:525.000 37,7 2:100.000
011.315 Diferencia por
Subrogación 27.000 11,11 30.000
019.311 Sueldo Básico
complementario
de personal
permanente 830.000 91,56 1:590.000
SUBTOTAL 01 9:632.000 14:920.000
021.321 Sueldo Básico
Personal con
cargo contr. 161.000 297,5 640.000
021.322 Incremento por
mayor horario
contratados 13.000 510 79.000
029.321 Sueldo anual
Complementario
de personal
contratado 21.000 280,9 80.000
SUBTOTAL 02 195.000 799.300
05 Honorarios 30.000 30.000
SUBTOTAL 05 30.000 30.000
06 Retribuciones
adicionales (Horas
Extras, Primas
Varias y Salario
Vacacional) 2:335.000 165 6:200.000
SUBTOTAL 06 2:335.000 6:200.000
07 Quebranto
de Caja 16.000 68,75 27.000
SUBTOTAL 07 16.000 27.000
TOTAL REMUNERACIONES 12:208.000 80,02 21:976.300
GASTOS DE FUNCIONAMIENTO
2 Materiales y Suministros 1:087.000 56,39 1:700.000
3 Servicios no Personales 1:182.000 69,2 2:000.000
4 4.7 Motores y
Partes para reempl. 10.000 700 80.000
6 Const., Mejoras y
Rep. Extras 10.000 400 50.000
7 Subsidios y Otras
Transferencias 755.000 19,20 900.000
7 7.5 Trans. a Us. Fam.
en actividad
(Ben. Soc.) 1:215.000 122,22 2:700.000
9 Asig. Globales 407.500 386,23 1:981.400
TOTAL DE GASTOS Y FUNCIONAMIENTO 4:666.500 101,68 9:411.400
INVERSIONES
4 Máquinas, Equipos y
Mobiliario nuevo 35.000 657 300.000
TOTAL INVERSIONES 35.000 657 300.000
TOTAL DE REMUNERACIONES,
GASTOS E INVERSIONES 16:909.500 87,39 31:687.700