{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "437" 
  ,"anioNorma" : 2009 
  ,"nombreNorma" : "PROTECCION DE DATOS PERSONALES. BASES DE DATOS" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2009/10/08/5" 
    ,"fechaPromulgacion" : "28/09/2009" 
  ,"fechaPublicacion" : "08/10/2009" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 2009 
  ,"pagina" : 951 
  } 
  ,"referenciasNorma" : " <b>Reglamentario/a de:</b> Ley Nº 18.331 de 11/08/2008 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/leyes/18331-2008/3\" >3</a> literal C).\r\n " 
  ,"vistos" : " VISTO: el literal C) del Artículo 3o. de la Ley Nº 18.331 de 11 de agosto\r\nde 2008;\r\n\r\nRESULTANDO: I) que a través del citado Artículo se excluye de la\r\naplicación de la referida ley - entre otras - las bases de datos creadas y\r\nreguladas por leyes especiales;\r\n\r\nII) que vinculados a la actividad del Banco Central del Uruguay, existen\r\ndiversos registros que contienen bases de datos que han sido creados y\r\nregulados por leyes especiales;\r\n\r\nIII) que a título de ejemplo, la Ley Nº 17.948 de 8 de enero de 2006\r\nconfiere creación de base legal y regula el tratamiento de la información\r\ncontenida en la Central de Riesgos Crediticios o de otra base de datos\r\nsobre operaciones bancarias activas referidas a inversiones, préstamos,\r\ncréditos, descuentos, hipotecas, avales, garantías u otras obligaciones\r\ncrediticias que administre el Banco Central del Uruguay;\r\n\r\nIV) que por su parte, los literales R) y T) de la Ley Nº 16.696 de 30 de\r\nmarzo de 1995 en la redacción dada por el Artículo 11 de Ley Nº 18.401 de\r\n24 de octubre de 2008 asignan a la Superintendencia de Servicios\r\nFinancieros del Banco Central de Uruguay la gestión de los registros que\r\nlas leyes establecen, la posibilidad de habilitar los que estime\r\nnecesarios para el adecuado funcionamiento del sistema financiero, así\r\ncomo divulgar la información sobre personas, empresas e instituciones\r\ncontenida en los registros que se encuentren a su cargo;\r\n\r\nCONSIDERANDO: que ante la multiplicidad de normas que regulan las\r\nprecitadas actividades, corresponde a los efectos de su correcta\r\naplicación reglamentar el literal C) del Artículo 3o. de la Ley 18.331 de\r\n11 de agosto de 2008;\r\n\r\nATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por el Artículo 168 numeral 4º de\r\nla Constitución de la República;\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA\r\n                     Actuando en Consejo de Ministros\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/437-2009/1" 
 ,"textoArticulo" : "  La excepción prevista en el literal C) del Artículo 3ro. de la Ley Nº\r\n18.331 de 11 de agosto de 2008 comprende a la Central de Riesgos\r\nCrediticios y a cualquier otra base de datos sobre operaciones bancarias\r\nactivas referidas a inversiones, préstamos, créditos, descuentos,\r\nhipotecas, avales, garantías u otras obligaciones crediticias que\r\nadministre el Banco Central del Uruguay, previstas y reguladas en los\r\nArtículos 2, 3, 4 y 5 de la Ley Nº 17.948 de 8 de enero de 2006 y a la\r\ntotalidad de los registros que se encuentren a cargo del Banco Central del\r\nUruguay, reconocidos y regulados en los literales R) y T) del Artículo 38\r\nde la Ley Nº 16.696 de 30 de marzo de 1995, en la redacción dada por el\r\nArtículo 11 de la Ley Nº 18.401 de 24 de octubre de 2008.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/437-2009/2" 
 ,"textoArticulo" : "  El ingreso, conservación, suministro y divulgación de los datos\r\ncontenidos en las respectivas bases, se regirán por los previstos en las\r\nnormas que regulan las correspondientes bases de datos.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/437-2009/3" 
 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, publíquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " TABARE VAZQUEZ - RICARDO BERNAL - PEDRO VAZ - ALVARO GARCIA - GONZALO FERNANDEZ - MARIA SIMON - VICTOR ROSSI - RAUL SENDIC - JULIO BARAIBAR - MARIA JULIA MUÑOZ - ERNESTO AGAZZI - HECTOR LESCANO - JACK COURIEL - MARINA ARISMENDI\r\n " 
 }