{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "437" 
  ,"anioNorma" : 2001 
  ,"nombreNorma" : "APROBACION DEL REGLAMENTO DE POLICIA AEREA NACIONAL" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2001/11/14/5" 
    ,"fechaPromulgacion" : "08/11/2001" 
  ,"fechaPublicacion" : "14/11/2001" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 2001 
  ,"pagina" : 1148 
  } 
  ,"urlReferenciasTodaLaNorma" : "/bases/decretos/437-2001?verreferencias=norma" 
  ,"vistos" : " VISTO: la gestión del Comando General de la Fuerza Aérea por la cual \r\nsolicita la aprobación del Reglamento de Organización y Funcionamiento de \r\nla Policía Aérea Nacional.\r\n\r\nRESULTANDO: I) que el artículo 209 del Código Aeronáutico preceptúa que \r\nla policía aérea nacional será ejercida por la Fuerza Aérea Militar.\r\n\r\nII) que son cometidos legales de la mencionada policía aérea, la vigencia \r\ndel cumplimiento de todas las normas que rigen la actividad aérea, sin \r\nperjuicio de las competencias especiales o concurrentes de otros \r\norganismos públicos.\r\n\r\nIII) que es de competencia de la Dirección Nacional de Aduanas \r\n-Ministerio de Economía y Finanzas- coordinar el servicio de vigilancia \r\naduanera, para la prevención y represión del contrabando, (literal d) del \r\nartículo 2do. del Código Aduanero).\r\n\r\nCONSIDERANDO: I) la necesidad de armonizar las normas legales vigentes, \r\ncoordinándose con los organismos competentes en la materia.\r\n\r\nII) que nuestro país ha aprobado los Convenios y Convenciones \r\nInternacionales de la Aviación Civil suscritos en Chicago en 1944, Tokio \r\nen 1963, La Haya en 1970 y en Montreal en 1971 y el Protocolo de Montreal \r\nde 1988, por la Ley 12.018 de 4 de noviembre de 1953, Decreto-Ley 14.436 \r\nde 7 de octubre de 1975 y Ley 16.891 de 12 de diciembre de 1997 \r\nrespectivamente, asumiendo la responsabilidad de actuar contra los actos \r\nde interferencia ilícita y otros delitos contra la seguridad de la \r\nAviación Civil.\r\n\r\nATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por el Comando \r\nGeneral de la Fuerza Aérea, a lo dictaminado por la Asesoría Letrada del \r\nMinisterio de Defensa Nacional y a lo preceptuado por los Códigos \r\nAeronáutico y Aduanero, Decretos-Leyes 14.157 (Orgánico de las Fuerzas \r\nArmadas) de 21 de febrero de 1974 y 14.747 de 28 de diciembre de 1977, \r\nDecretos 574/974 de 12 de junio de 1974 y 718/975 de 23 de setiembre de \r\n1975.\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       \r\n                                                                          \r\n                                 DECRETA:                                 \r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/437-2001/1" 
 ,"textoArticulo" : "  Apruébase el Reglamento de Policía Aérea Nacional (P.A.N.) el que \r\nquedará redactado de la siguiente manera: (*)\r\n\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-reglamento/437-2001\" >Texto</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/437-2001/2" 
 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, publíquese y pase al Comando General de la Fuerza Aérea \r\npara su conocimiento y demás efectos. Cumplido, archívese.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " BATLLE - LUIS BREZZO - GUILLERMO STIRLING - GUILLERMO VALLES - ALBERTO \r\nBENSION - ANTONIO MERCADER - LUCIO CACERES - SERGIO ABREU - ALVARO ALONSO - LUIS FRASCHINI - MARTIN AGUIRREZABALA - ALFONSO VARELA - CARLOS CAT - JAIME TROBO\r\n\r\n\r\n " 
 }