APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BSE. EJERCICIO 2003




Promulgación: 30/10/2003
Publicación: 10/11/2003
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2003
  •    Página: 925
Referencias a toda la norma

Artículo 6

 Los funcionarios presupuestados o contratados, a quienes se asigne 
transitoriamente las funciones que a continuación se detallan percibirán 
mientras dure el desempeño de estas, una partida complementaria por la 
diferencia que existe entre las remuneraciones de su cargo y los 
respectivos grados de la escala. El otorgamiento de funciones a partir 
del 1º de enero de 1998, será vía concurso. Todas las funciones serán 
objeto de revisión periódica a efectos del mantenimiento de las mismas, 
según lo establezca la reglamentación.

Función                        GEPU                   Cant.
Gerente Administrativo CSM      57 ***                  1
Gerente Regional                55 **                   5
Asesor de Gerencia              50                      1
Técnica en Prensa y RRPP        45                      1
Jefe de Coordinación            43                      1
Publirrelacionista              41                      1
Coord. De Fisc. de Acc. Trabajo 41                      1
Coord. De Canales               41                      1
Asistente Social                36                      1
Publirrelacionista Adjunto I    32                      2
Publirrelacionista Adjunto II   28                      3
Operador de Procesam. Gráfico   18                      1
Médico Jefe de Departamento     48.1 *                  4
Médico Jefe de Servicio         45.1 *                  10

* - Con fecha 20.7.88 el Directorio resolvió que las ubicaciones 
presupuestales para las funciones asignadas a los médicos de la C.S.M. 
que cumplen horario completo, serán las siguientes:

Función                                         GEPU
Médico Jefe de Departamento                      52
Médico Jefe de Servicio                          49

** Estas funciones solo pueden otorgarse a funcionarios que tengan el 
cargo de Gerente de División Sucursales y Agencias (Categoría NII, grado 
1).
*** Esta función solo puede otorgarse al funcionario que tengan el cargo 
de Gerente de División y desempeñe sus tareas en la División Central de 
Servicios Médicos.
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