APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BSE. EJERCICIO 2003




Promulgación: 30/10/2003
Publicación: 10/11/2003
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2003
  •    Página: 925
Referencias a toda la norma

Artículo 14

 La realización de tareas en horario extraordinario se remunerará con una 
compensación equivalente al 0,67% en los días hábiles y del 0,89% en los 
días inhábiles. Dicho porcentaje se aplicará sobre todas las partidas 
fijas sujetas a aportes a la Seguridad Social.
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