{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "436" 
  ,"anioNorma" : 1974 
  ,"nombreNorma" : "PROHIBICION A LOS ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES EL EXPENDIO DE CUALQUIER TIPO DE SAL, SI PREVIAMENTE NO HAN SIDO YODADAS" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1974/06/12/5" 
    ,"fechaPromulgacion" : "04/06/1974" 
  ,"fechaPublicacion" : "12/06/1974" 
  ,"vistos" : " Extiéndese a los Departamentos de Cerro Largo, Treinta y Tres, Durazno, Florida y Soriano la prohibición de comercialización de cualquier tipo de sal fina o gruesa con destino a usos comestibles o culinarios, estableciéndose que la misma debe ser yodada en la proporción que se indican. " 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
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  ,"firmantes" : "  " 
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