APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BANCO HIPOTECARIO DEL URUGUAY. EJERCICIO 2013




Promulgación: 28/12/2012
Publicación: 10/01/2013
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2012
  •    Página: 2115
Referencias a toda la norma

Artículo 41

 BENEFICIOS SOCIALES. Los beneficios sociales del personal estarán fijados
en los siguientes importes (valores 1/1/2012):

A)     ASIGNACIONES FAMILIARES
       Se aplica el régimen establecido en las Leyes Nros. 15.084 y 16.697
       de fechas 28/11/80 y 25/4/95 respectivamente.

B)     PRIMA POR HOGAR CONSTITUIDO
       Se aplica el régimen de la Administración Central

C)     PRIMA POR MATRIMONIO
       $ 2.827,oo

D)     PRIMA POR NACIMIENTO
       $ 2.827,oo
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