APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BCU. EJERCICIO 2004




Promulgación: 30/10/2003
Publicación: 10/11/2003
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2003
  •    Página: 903
Referencias a toda la norma
VISTO: El Proyecto de Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y 
de Inversiones del Banco Central del Uruguay correspondiente al ejercicio 
2004;

CONSIDERANDO: Que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido su 
informe y el Tribunal de Cuentas su dictamen;

ATENTO: A lo establecido por el artículo 221 de la Constitución de la 
República;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                 DECRETA                                  

Artículo 1

 Apruébase el Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de 
Inversiones del Banco Central del Uruguay, a regir desde el primero de 
enero de 2004, de acuerdo con el siguiente detalle:
                                                       $            $

I - INGRESOS                                                2:721.855.623
1. Intereses                                     567:508.784
2. Utilidades de Cambio                          693:353.679
3. Comisiones                                     95:029.955
4. Otros Ingresos                              1.365:963.205

II - PRESUPUESTO OPERATIVO                                    923:245.050

RUBRO      DENOMINACION                                 $            $

0          RETRIBUCION SERV. PERSONALES                       433:015.092
011311     Sueldos básicos carg. presup.         244:110.504
           Directores                              1:133.148
011312     Increm. Mayor Horario Perman.          42.991.740
011313     Dedicación Total                       45:334.008
011315     Diferencia por Subrogación              1.071.264
011316     Prima por Antigüedad                    9:052.680
019311     Sueldo Anual Complementario            30:730.536
019312     Aportes pers.s/aguinaldo               16:547.208
021321     Sueldos Básicos pers. contrat.            139.752
021322     Increm. Mayor Horario Perman.              23.856
021323     Dedicación Total                           25.152
021326     Prima por Antigüedad                       14.040
029321     Sueldo Anual Complementario                16.896
029322     Aportes pers. s/aguinaldo                   9.096
061301     Por trabajo en horas extra              7:333.656
061303     Por Prima a la eficiencia              10:018.632
061304     Por funciones dist. al cargo            2:818.476
061305     Comp. por horarios especiales             900.000
061308     Comp. por dif. sal. func. redist.         600.000
061309     Comp. pers. por Reest.- Presup.         3:960.000
061311     Otras comp. adic. (nueva estr.)           932.448
061312     Adel. a cuenta (Retr. reestr.)            205.200
062311     Gastos de Representación                  396.156
062313     Otras comp. adic. (estr. anter.)          252.000
076        Fdo. contrat. Ley No. 17556             8:589.828
077        Quebranto de Caja                       2:760.000
078        Ley 16095 Art. 42                         930.036
079        Subsidio Ex Directores                  2:118.780
1          CARGAS LEGALES S/SERV. PERSON.                     135:713.148
111        Aporte patron. sist. seg. soc.        131:405.844
133        Impuesto s/retrib. person.              4:307.304

RUBRO      DENOMINACION                                $            $
2          MATERIALES Y SUMINISTROS                            52:547.480
3          SERVICIOS NO PERSONALES                            245:540.775
7          SUBSIDIOS Y OTRAS TRANSFERENCIAS                    47:485.908
735        Otras transf. S. Público                  320.004
749        Donaciones Varias                       1:560.000
751        Prima por Matrimonio                       16.032
752        Hogar Constituído                       1:316.712
753        Prima por Nacimiento                       32.064
754        Prestación por Hijo                         3.600
773        Becas trabajo y pasantías                 568.236
774        Contrib. por Asist. Médica             34:800.000
779        Otras                                           0
791        Tributos Nacionales                     5:329.260
792        Tributos municipales                    3:540.000
9          ASIGNACIONES GLOBALES                                 8:942.64 

III - OPERACIONES FINANCIERAS                              20.437:702.397

RUBRO      DENOMINACION                                $  
 8         SERVICIO DE DEUDA Y ANTICIPOS                   20.437:702.397
RUBRO      DENOMINACION                                $            $

81         Amortiz. Deuda Interna             16:009:725.110
82         Amortiz. Deuda Externa                369:633.082
83         Ints. Deuda Interna                 1:583:895.830
84         Ints. Deuda Externa                   746:114.170
85         Dif. cambio y Aj. monet.               80:690.000
89         Otros intereses                     1.647:644.205

IV - PRESUPUESTO DE INVERSIONES                                44:357.865

RUBRO     DENOMINACION                                 $

4         MAQUINAS, EQUIPOS Y MOBIL. NUEVOS       35:581.465
6         CONSTRUCC., MEJORAS Y REP. EXTR.         8:776.400

La apertura por proyecto, fuente de financiamiento y las partidas en 
moneda extranjera se detallan en los cuadros adjuntos, que forman parte
de este Decreto.
Los Rubros 0 "Retribución de Servicios Personales", 1 "Cargas Legales 
sobre Servicios Personales" y 7 "Subsidios y Otras Transferencias" en lo 
relativo a beneficios sociales, se expresan al nivel salarial vigente a 
partir del primero de enero de 2003.
Las asignaciones correspondientes al componente en moneda extranjera 
están estimadas a la cotización de $ 28,80 (veintiocho pesos uruguayos 
con 80/100) por dólar estadounidense. Las restantes partidas en moneda 
nacional están expresadas a precios promedio del período enero - abril de 
2003.

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen (cuadros).

BATLLE - ISAAC ALFIE





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