Reglaméntase el artículo 117 de la Ley N° 13.640 que le agrega un inciso al artículo 378 de la Ley N° 12.804, relativo a los costos que pertenezcan a los curiales de las Oficinas de la Dirección General Impositiva (DGI) por su intervención en los juicios.
Reglamentario/a de: Ley Nº 12.804 de 30/11/1960 artículo 378.