CREACION DE UNA COMISION ENCARGADA DE LA ADECUACION DE LA ESCALA SALARIAL DE LA SECRETARIA NACIONAL DEL DEPORTE




Promulgación: 29/12/2016
Publicación: 05/01/2017
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma
   VISTO: lo dispuesto por el artículo 93 de la Ley N° 19.355 de 19 de diciembre de 2015;

   RESULTANDO: I) que la norma mencionada asigna en el Inciso 02 Presidencia de la República", Unidad Ejecutora 011 "Secretaría Nacional del Deporte", Programa 282 "Deporte Comunitario" una partida anual a fin de adecuar la escala salarial;

   II) que el artículo 94 de la citada Ley N° 19.355, mandata a la Secretaría Nacional del Deporte a que presente una propuesta de estructura organizativa y de los puestos de trabajo, necesarios para el cumplimiento de los cometidos asignados por la Ley N° 19.331 de 20 de julio de 2015, la que aún no se ha finalizado;

   CONSIDERANDO: I) que es conveniente determinar la nueva estructura organizativa y de los puestos de trabajo, y designar a los funcionarios en la misma, previo a la adecuación de la escala salarial;

   II) que la adecuación de la escala salarial, una vez aprobada, tendrá vigencia desde el 1° de enero de 2016, siendo necesario en consecuencia proceder a la reserva de la asignación presupuestal correspondiente;

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Créase una Comisión encargada de definir la adecuación de la escala salarial de la Secretaría Nacional del Deporte, que estará integrada por representantes de la Contaduría General de la Nación, de la Oficina Nacional del Servicio Civil y de la Secretaría Nacional del Deporte, la que dentro de un plazo de 120 días a partir de la aprobación del presente Decreto, deberá presentar el proyecto de adecuación de la escala salarial. Dicho proyecto será elevado a consideración del Poder Ejecutivo conjuntamente con la propuesta de reestructura organizativa y de los puestos de trabajo.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 3.

Artículo 2

   Autorízase a la Secretaría Nacional del Deporte a realizar la reserva de los créditos presupuestales dispuestos por el artículo 93 de la Ley N° 19.355 de 19 de diciembre de 2015, a efectos de garantizar el mandato legal.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 3.

Artículo 3

   Dispónese que la Secretaría Nacional del Deporte podrá ejecutar los créditos reservados en el artículo anterior con cargo al Objeto del Gasto 091.000 "Retribuciones de Ejercicios Vencidos", una vez que haya sido aprobada la propuesta de la Comisión creada por el artículo 1° del presente Decreto.

Artículo 4

   Comuníquese, publíquese, etc.

   TABARÉ VÁZQUEZ - DANILO ASTORI
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