{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "433" 
  ,"anioNorma" : 2009 
  ,"nombreNorma" : "REGLAMENTO DE INVESTIGACION DE ACCIDENTES AEREOS EN LA FUERZA AEREA. MODIFICACION" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2009/10/07/14" 
    ,"fechaPromulgacion" : "28/09/2009" 
  ,"fechaPublicacion" : "07/10/2009" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 2009 
  ,"pagina" : 941 
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  ,"vistos" : " VISTO: la gestión del Comando General de la Fuerza Aérea por la cual\r\npromueve la modificación del artículo 10 del \"Reglamento de Investigación\r\nde Accidentes Aéreos en la Fuerza Aérea\" aprobado por el Decreto 343/989\r\nde 25 de julio de 1989.\r\n\r\nRESULTANDO: I) que por la precitada norma se establece que al Director de\r\nSeguridad de Vuelo, le corresponde a su vez ejercer la presidencia de la\r\nComisión Investigadora de Accidentes de Aeronaves (CIADA).\r\n\r\nII) que desempeñar ambas funciones conduciría a impedir en los hechos\r\ncumplir efectivamente con el control por oposición de intereses.\r\n\r\nCONSIDERANDO: I) que el artículo 28 del referido Reglamento preceptúa que\r\nel Presidente de la Comisión Investigadora de Accidentes de Aeronaves\r\n(CIADA) debe elevar un informe al Director de Seguridad de Vuelo,\r\nsituación que afectaría los principios de imparcialidad y legalidad\r\nobjetiva, ya que ambos cargos serían ejercidos por el mismo señor Oficial.\r\n\r\nII) que por los motivos expresados anteriormente el Comando General de la\r\nFuerza Aérea entiende pertinente la derogación del artículo 10 del\r\n\"Reglamento de Investigación de Accidentes Aéreos en la Fuerza Aérea\" y\r\nproceder a dar una nueva redacción al mismo.\r\n\r\nATENTO: a lo precedentemente expuesto.\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/433-2009/1" 
 ,"textoArticulo" : "  Modifícase el artículo 10 del \"Reglamento de Investigación de Accidentes\r\nAéreos en la Fuerza Aérea\" aprobado por el Decreto 343/989 de 25 de julio\r\nde 1989, el que quedará redactado de la siguiente manera: (*) " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-reglamento/433-2009/1\" >Texto</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/433-2009/2" 
 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, publíquese y archívese.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " RODOLFO NIN NOVOA - GONZALO FERNANDEZ\r\n " 
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