INCORPORACION LA DECISION 03/018 DEL CONSEJO DEL MERCADO COMUN DEL MERCOSUR (CMC). MODIFICACION DEL REGIMEN DE EQUIPAJE DEL MERCOSUR




Promulgación: 05/02/2019
Publicación: 13/02/2019
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: la Decisión N° 03/018 del Consejo del Mercado Común que modifica la Decisión N° 53/08 sobre el régimen de equipaje en el MERCOSUR, incorporada al ordenamiento jurídico interno por el Decreto N° 139/014 de 19 de mayo de 2014.

   RESULTANDO: que conforme a lo dispuesto en el artículo 40 del Protocolo de Ouro Preto, aprobado por la Ley N° 16.712 de 1° de septiembre de 1995, los Estados Partes se comprometen a adoptar todas las medidas necesarias para asegurar en sus respectivos territorios el cumplimiento de las normas emanadas de los órganos del MERCOSUR, efectuando su comunicación a la Secretaría Administrativa del MERCOSUR en el marco del procedimiento de entrada en vigencia simultánea de las normas.

   CONSIDERANDO: lo establecido en el artículo 42 del Protocolo de Ouro Preto, corresponde incorporar al ordenamiento jurídico interno la Decisión N° 03/018 del Consejo del Mercado Común.

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto,

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Incorpórase la Decisión N° 03/018 del Consejo del Mercado Común del MERCOSUR, por el que se modifica el régimen de equipaje del MERCOSUR, (*) que se adjunta y forma parte del presente Decreto.

(*)Notas:
Ver: Texto de la Norma Internacional.
Ver en esta norma, artículo: 2 (vigencia).

Artículo 2

   El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la vigencia simultánea de la Decisión N° 03/018 del Consejo del Mercado Común del MERCOSUR, de conformidad con el artículo 40 del Protocolo de Ouro Preto.

Artículo 3

   Comuníquese a la Secretaría del MERCOSUR, publíquese y archívese.

   TABARÉ VÁZQUEZ - DANILO ASTORI - VÍCTOR ROSSI
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