DECLARACION DE INTERES NACIONAL. PROYECTO DE INVERSION. PROYECTO "CIRCUITO 2"




Promulgación: 16/02/2016
Publicación: 23/02/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: la comunicación realizada por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas relativa a la convocatoria a una Licitación Pública para el otorgamiento de un Contrato de Participación Pública Privada para la ejecución de obras del circuito vial.

   CONSIDERANDO: I) que el Decreto N° 45/013 de 6 de febrero de 2013, establece que los beneficios fiscales aplicables en el marco de Concesiones de Obra Pública y Contratos de Participación Público-Privada, podrán ser otorgados por el Poder Ejecutivo, previo asesoramiento de la Comisión de Aplicación (COMAP), siempre que los mismos se hayan previsto en el pliego de condiciones de la licitación correspondiente, con anterioridad a la presentación de las ofertas.

   II) que resulta conveniente otorgar al Proyecto "Circuito 2", por la actividad de construcción, rehabilitación y mantenimiento de las Rutas N° 9 por el tramo que va desde el kilómetro 202,400 al kilómetro 338,000, N° 15 por el tramo que va desde el kilómetro 31,100 al kilómetro 92,200, y por el tramo de 4 (cuatro) kilómetros correspondiente a la Conexión de las Rutas N° 9 y N° 15, aquellos beneficios tributarios que coadyuven a su realización, en mérito a su importancia para el mejoramiento del sistema vial.

   ATENTO: a lo dispuesto por la Ley N° 18.786 de 19 de julio de 2011, y por el Decreto N° 45/013 de 6 de febrero de 2013, así como a las facultades otorgadas al Poder Ejecutivo por la Ley N° 16.906 de 7 de enero de 1998, y a que se cuenta con el dictamen favorable de la COMAP,

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Declárase promovida de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 11 de la Ley N° 16.906 de 7 de enero de 1998, la actividad de construcción, rehabilitación y mantenimiento de las Rutas N° 9 por el tramo que va desde el kilómetro 202,400 al kilómetro 338,000, N° 15 por el tramo que va desde el kilómetro 31,100 al kilómetro 92,200, y por el tramo de 4 (cuatro) kilómetros correspondiente a la Conexión de las Rutas N° 9 y N° 15, en el marco del Proyecto "Circuito 2" a ejecutarse a través de un Contrato de Participación Público- Privada.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 2, 3 y 4.

   TABARÉ VÁZQUEZ - DANILO ASTORI
Ayuda