{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "43" 
  ,"anioNorma" : 1982 
  ,"nombreNorma" : "MODIFICACION AL PRESUPUESTO OPERATIVO DE OSE. EJERCICIO 1981" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1982/03/02/14" 
    ,"fechaPromulgacion" : "03/02/1982" 
  ,"fechaPublicacion" : "02/03/1982" 
  ,"vistos" : "    Visto: el proyecto de ampliación de su Presupuesto 1981 elevado por \r\nla Administración de las Obras Sanitarias del Estado al amparo de lo establecido por el decreto 348/979, de fecha 31 de mayo de 1979.\r\n\r\n   Considerando: que la Secretaría de Planeamiento Coordinación y \r\nDifusión ha emitido su informe y el Tribunal de Cuentas de la República \r\nsu dictamen.\r\n\r\n   Atento: a lo establecido por el artículo 221 de la Constitución de la República,\r\n\r\n   El Presidente de la República\r\n\r\n                               DECRETA: " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/43-1982/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Amplíase el Presupuesto de la Administración de las Obras Sanitarias del Estado correspondiente el Ejercicio 1981 en N$ 11:278.363 (nuevos pesos once millones doscientos setenta y ocho mil trescientos sesenta y tres).\r\n   De acuerdo con el siguiente detalle:\r\n\r\nRubro 0 \"Retribuciones de Servicios Personales\"             N$  9:258.698\r\nRubro 6 \"Cargas Legales y Retribuciones de Carácter Social\" N$  2:019.665\r\n                                                           _______________\r\n                                                     Total  N$ 11:278.363\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver en esta norma, artículo:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/43-1982/2\" >2</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/43-1982/2" 
 ,"textoArticulo" : "    La empresa dispondrá la distribución por Renglones de las Partidas autorizadas por el artículo anterior y las comunicará a la Secretaría de Planeamiento Coordinación y Difusión y al Tribunal de Cuentas de la República en el plazo de 30 días a partir de la publicación de este decreto. " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/43-1982/3" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, publíquese, etc. " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " ALVAREZ - EDUARDO J. SAMPSON - VALENTIN ARISMENDI " 
 }