{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "429" 
  ,"anioNorma" : 1975 
  ,"nombreNorma" : "BONIFICACION A LA EXPORTACION DE CLOCHES Y EMBASTIDOS DE PURA LANA    \r\n" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1975/06/10/4" 
    ,"fechaPromulgacion" : "29/05/1975" 
  ,"fechaPublicacion" : "10/06/1975" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 1975 
  ,"pagina" : 1228 
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  ,"vistos" : "                             AÑO DE LA ORIENTALIDAD\r\n\r\nVisto: el artículo 80º de la ley 13.695 de 24 de octubre de 1960 por el\r\nque se bonifica en un 22% del valor FOB la exportación de tejidos en\r\npiezas o en confecciones.\r\n\r\nResultando: que los cloches (campanas) y embastidos de pura lana, para la\r\nfabricación de sombreros, sufren un largo y complejo proceso de\r\nindustrialización (lavado, carbonizado, mezcla, cardado, planchado,\r\nsodado, formación de horma cónica primitiva, achicamiento, fulonado a\r\nmartillo, pulido, lijado, engomado, etc.) los que emplean una amplia gama\r\nde distintos tipos de mano de obra.\r\n\r\nConsiderando: I) Que de acuerdo a la operación señalada el paño\r\nconstitutivo de las cloches puede considerarse un tejido en el cual por\r\nafieltramiento se produce el entrecruzado de las fibras de lana;\r\n\r\nII) Que es criterio del Poder Ejecutivo estimular la producción que\r\nutiliza en alto grado la mano de obra nacional y que además perfecciona\r\nlos renglones de las exportaciones no tradicionales, por lo que puede\r\ndeclararse a dicha industria comprendida en los beneficios legales\r\ncitados.\r\n\r\nAtento: a lo informado por el Ministerio de Industria y Energía y las\r\nAsesorías Económico-Financiera y Jurídica del Ministerio de Economía y\r\nFinanzas y oído el Banco de la República,\r\n\r\n\r\nEl Presidente de la República\r\n\r\n                              DECRETA:\r\n " 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/429-1975/1" 
 ,"textoArticulo" : " Decláranse comprendidas en el artículo 80º de la ley 13.695 de 24 de\r\noctubre de 1960, las exportaciones de cloches (campanas) y embastidos de\r\npura lana, para la ulterior fabricación de sombreros de lana. \r\n " 
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 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/429-1975/2" 
 ,"textoArticulo" : " Comuníquese, etc.\r\n " 
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  ,"firmantes" : " BORDABERRY - ALEJANDRO VEGH VILLEGAS - ADOLFO CARDOSO GUANI\r\n " 
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