MODIFICACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE LA DIRECCION GENERAL DE SECRETARIA. MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS. EJERCICIO 1989




Promulgación: 13/09/1989
Publicación: 02/04/1990
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
   Visto: la necesidad de realizar una adecuación al Presupuesto Operativo, y de inversiones de la Dirección General de Casinos correspondiente al ejercicio 1989.

   Resultando: I) Que por decreto 814/988 de 25 de noviembre de 1988, se aprobó el Presupuesto Operativo y de Inversiones correspondiente al ejercicio 1989, a precios del período noviembre 1987-febrero de 1988;

   II) Que por el decreto 301/989 de 28 de junio de 1989, se aprobó una adecuación al Presupuesto Operativo y de Inversiones 1989, la cual recogió el incremento salarial del 16% otorgado por el Poder Ejecutivo vigente a partir del 1° de marzo de 1989 así como el ajuste de las partidas de gastos tanto de funcionamiento como de inversión a precios de enero - junio de 1989;

   III) Que el Poder Ejecutivo otorgó con vigencia 1° de julio de 1989 un aumento salarial del 23% y un incremento del 22.52% para los beneficios sociales que varían con el salario mínimo nacional;

   IV) Que corresponde, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 4° y 5° del decreto 814/988, ajustar las partidas de gastos tanto de funcionamiento como de inversión, a efectos de recoger las variaciones en el nivel general de precios, salarios y tipo de cambio a precios de enero-octubre de 1989, según su vigencia.

   Considerando: I) Que los incrementos salariales otorgados por la Dirección General de Casinos, así como las restantes medidas reseñadas, se encuentran comprendidas dentro de los lineamientos de la política económica propiciada por el Poder Ejecutivo;

   II) Que es necesario realizar una modificación presupuestal que autorice el financiamiento de las mismas;

   III) Que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido su informe.

   Atento: a lo expuesto y a lo informado por la Asesoría Técnico Financiera del Ministerio de Economía y Finanzas,

   El Presidente de la República

                                  DECRETA:

Artículo 1

   Sustitúyense las partidas presupuestales correspondientes al Presupuesto Operativo y de Inversiones de la Dirección General de Casinos, Unidad Ejecutora 013 del Programa 001 "Dirección General de Secretaría" del Inciso 05 - Ministerio de Economía y Finanzas -correspondientes al ejercicio 1989, de acuerdo con el siguiente detalle:

I - Presupuesto Operativo                                 N$ 6.945:037.792

Rubro           Denominación                   N$                N$
0        Retribución Serv. Pers.          3.349:905.615
021321   Suel. básicos cargos contrat.    1.112:504.638
021323   Dedicación total                    31:798.858
021321   Sueldo Anual Complementario        247:887.533
061301   Horas Extras3                        8:822.342
061321   Retribuciones adición.pers.contr.  214:427.182
061322   Comp. por cambio residenc.
         habitual                            19:981.224
061324   Comp. func. distintas al cargo      17:296.458
062309   Comp. con cargo a otras financ.  1.200:639.580
062328   Prima por AntigÜedad               202:253.584
065305   Compensación Altos Ejecutivos          538.975
077      Quebranto de Caja                   31:493.952
078      Comp. por tareas fuera hor. 
         habitual                            12:635.422
081021   Adelanto a cuenta                    2:499.996
083321   Aumento abril/85                   211:687.207
091      Retribuciones ejerc. anteriores      5:438.664
1        Cargas legales s/serv. pers.                          569:483.954

111      Aporte patronal jubilatorio        502:485.842
123      Aporte patronal al F.N.V.           33.499.056
131      Impuesto a las retribuciones        33:499.056
2        Materiales y Suministros                              427:379.456
3        Servicios no personales                               587:070.407
4        Máquinas, Equipo y Mob. Nuevos                          8:624.553
7        Subsidios y otras transferencias                    1.978:391.974
734      A Gobiernos Departamentales        688:484.268
735      Al Gobierno Central              1.032:726.402
751      Prima por matrimonio                 1:500.128
752      Hogar Constituido                  143:428.333
753      Prima por nacimiento                 3:716.292
754      Prestaciones por hijo               52:307.199
773      Becas                               19:684.357
774      Contrib. por asistenc. médica       35:529.425
792      Tributos municip. y nacio.           1.015.570
9        Asignaciones globales                                  24:181.83

II) Presupuesto de Inversiones                             N$3.470:959.207
Rubro           Denominación                                     N$
2        Materiales y Suministros                              224:214.000
4        Máq. Equipo y Mob. nuevos                           1.559:770.207
6        Const., Mejoras y Rep. Extraord.                    1.686:975.000

   Los Rubros 0 "Retribución de Servicios Personales", 1 "Cargas Legales sobre Servicios Personales" y 7 "Subsidios y otras Transferencias" en lo relativo a beneficios sociales, incluyen el incremento salarial otorgado por el Poder Ejecutivo a partir del 1° de julio de 1989.
   Las asignaciones correspondientes al componente en moneda extranjera están estimadas a la cotización de N$ 580.00 (nuevos pesos quinientos ochenta) por dólar de los Estados Unidos de América. Las partidas en moneda nacional correspondientes a los restantes rubros presupuestales están expresadas a precios de enero-octubre de 1989, según su vigencia. 
Referencias al artículo

Artículo 2

   Dése cuenta a la Asamblea General.

Artículo 3

   Pase a conocimiento del Tribunal de Cuentas.

Artículo 4

   Comuníquese, publíquese, etc.

TARIGO - HUMBERTO CAPOTE
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