GARANTIA DE FUNCIONAMIENTO DE LAS EMPRESAS DE SERVICIOS TURISTICOS INMOBILIARIOS




Promulgación: 06/11/1996
Publicación: 14/11/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1996
  •    Página: 1009

Artículo 2

  Mantiénese para las Empresas de Servicios Turísticos Inmobiliarios de
los departamentos de Canelones y Rocha, los montos de las garantías de
funcionamiento establecidos en el inciso 2º artículo 4º del Decreto
385/994.
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