APROBACION DEL ANEXO ADICIONAL AL CONVENIO PARA EL SUMINISTRO DE COOPERACION TECNICA BAJO EL SISTEMA DE FONDOS EN FIDEICOMISO




Promulgación: 26/08/1981
Publicación: 07/09/1981
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1981
  •    Página: 936
  Visto: la gestión del Comando General de la Fuerza Aérea solicitando
autorización para que la Dirección General de Infraestructura Aeronáutica
firme con la Organización de Aviación Civil Internacional, en nombre del
Gobierno, el Anexo Adicional al Convenio por el Suministro de Cooperación
Técnica bajo el sistema de fondos en Fideicomiso y para financiar el mismo
con cargo a los fondos disponibles en la cuenta de Fondos en Fideicomiso
que la Dirección General de Infraestructura Aeronáutica mantiene con dicha
Organización.

  Considerando: I) Que es necesario elevar el nivel de capacitación
técnica del personal que desempeña tareas aeroportuarias para que el mismo
se mantenga acorde con las crecientes exigencias internacionales en la
materia;

II) Que el Organismo solicitante dispone de los recursos necesarios para
atender las erogaciones que demande el cumplimiento del Convenio de
referencia;

III) Lo dispuesto en los decretos, 214, de 18 de abril de 1978, 291, del
15 de mayo de 1979 y 488, de 12 de setiembre de 1980.

  Atento: al informe favorable del Asesor Letrado del Ministerio de
Defensa Nacional,

                        El Presidente de la República

                                    DECRETA:

Artículo 1

   Autorízase a la Dirección General de Infraestructura Aeronáutica a
firmar con la Organización de Aviación Civil Internacional, en nombre del
Gobierno, el Anexo Adicional al Convenio para el Suministro de Cooperación
Técnica bajo el sistema de Fondos de Fideicomiso.

Artículo 2

   Los gastos que demande el cumplimiento del Convenio por el Suministro
de Cooperación Técnica hasta la suma de U$S 3.900.00 (tres mil novecientos
dólares americanos) serán atendidos con cargo a los fondos disponibles en
la cuenta de Fondos de Fideicomiso que la Dirección General de
Infraestructura Aeronáutica mantiene con la mencionada Organización.

Artículo 3

   Comuníquese, publíquese y pase al Comando General de la Fuerza Aérea a
sus efectos.

MENDEZ - WALTER RAVENNA
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