REGULACION DE PASANTIAS LABORALES DEL SISTEMA DE EDUCACION TECNICO PROFESIONAL




Promulgación: 31/10/2001
Publicación: 07/11/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2001
  •    Página: 1076
Reglamentario/a de: Ley Nº 17.230 de 07/01/2000.

Artículo 3

 (Naturaleza y régimen jurídico de la actividad del pasante). La 
actividad que desarrolle cada estudiante en la empresa respectiva por 
considerarse de naturaleza técnico-pedagógica no será computada a los 
efectos jubilatorios, ni generará por sí misma derecho a permanencia o 
estabilidad, más allá del límite de plazo previsto en el respectivo 
convenio de pasantía, sin perjuicio de las causales de rescisión 
previstas por la ley, y de las que eventualmente decida incorporar la 
Administración Nacional de Educación Pública en el ámbito natural de su 
competencia.
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