REGULACION DE PASANTIAS LABORALES DEL SISTEMA DE EDUCACION TECNICO PROFESIONAL




Promulgación: 31/10/2001
Publicación: 07/11/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2001
  •    Página: 1076
Reglamentario/a de: Ley Nº 17.230 de 07/01/2000.

Artículo 2

 (Definición de pasantía). Se entiende por pasantía a efectos del 
presente Decreto, un período en el cual un alumno reglamentado de los 
cursos a que refiere el artículo anterior, complementa su formación 
teórica mediante la realización de actividades prácticas en empresas, 
según lo previsto en forma obligatoria u optativa en los programas 
respectivos.
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