{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "424" 
  ,"anioNorma" : 2007 
  ,"nombreNorma" : "REGLAMENTO TECNICO MERCOSUR SOBRE PROGRAMA DE COSMETOVIGILANCIA EN EL AREA DE PRODUCTOS DE HIGIENE PERSONAL COSMETICOS Y PERFUMES. RESOLUCION Nº 19/05" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2007/11/20/9" 
    ,"fechaPromulgacion" : "12/11/2007" 
  ,"fechaPublicacion" : "20/11/2007" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 2007 
  ,"pagina" : 1079 
  } 
  ,"vistos" : " VISTO: la resolución No. 19/05 del Grupo Mercado Común del MERCOSUR;\r\n\r\nRESULTANDO: I) que por la misma se aprobó el documento denominado\r\n\"Reglamento Técnico MERCOSUR sobre Programa de Cosmetovigilancia en el\r\nArea de Productos de Higiene Personal, Cosméticos y Perfumes\";\r\n\r\nCONSIDERANDO: I) lo dispuesto en el artículo 38° del Protocolo Adicional\r\nal Tratado de Asunción sobre Estructura Institucional del MERCOSUR -\r\nProtocolo de Ouro Preto - aprobado por la Ley No. 16.712 de 1º de\r\nseptiembre de 1995, por el cual los Estados Partes se comprometen a\r\nadoptar todas las medidas necesarias para asegurar en sus respectivos\r\nterritorios el cumplimiento de las normas emanadas de los órganos\r\ncorrespondientes previstos en el artículo 2° del referido Protocolo;\r\n\r\nII) que es necesario proceder de acuerdo al compromiso asumido por la\r\nRepública en el Protocolo mencionado, poniendo en vigencia en el derecho\r\npositivo nacional las normas emanadas del Grupo Mercado Común referidas en\r\nel VISTO;\r\n\r\nIII) que la Dirección General de la Salud y las Divisiones Productos de\r\nSalud y Jurídico Notarial del Ministerio de Salud Pública no formulan\r\nobjeciones a lo solicitado;\r\n\r\nATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto en el art. 1° y\r\nsiguiente de la Ley 9.202 Orgánica de Salud Pública de 12 de enero de 1934\r\ny concordantes;\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/424-2007/1" 
 ,"textoArticulo" : "  Adóptase la resolución No. 19/05 del Grupo Mercado Común del MERCOSUR,\r\npor la que se aprobó el documento denominado \"REGLAMENTO TECNICO MERCOSUR\r\nSOBRE PROGRAMA DE COSMETOVIGILANCIA EN EL AREA DE PRODUCTOS DE HIGIENE\r\nPERSONAL, COSMETICOS Y PERFUMES\"; que se anexa al presente Decreto y forma\r\nparte integral del mismo. (*)\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-internacional/424-2007/1\" >Texto de la Norma Internacional</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/424-2007/2" 
 ,"textoArticulo" : "  El presente Decreto regirá a partir de su publicación en el Diario\r\nOficial.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/424-2007/3" 
 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese a la Secretaría Administrativa del Grupo Mercado Común del\r\nMERCOSUR. " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " RODOLFO NIN NOVOA - MARIA JULIA MUÑOZ - REINALDO GARGANO - MARTIN PONCE DE LEON " 
 }