{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "423" 
  ,"anioNorma" : 2022 
  ,"nombreNorma" : "TRANSFORMACION DE CARGOS VACANTES DE LA DIRECCION NACIONAL DE SANIDAD DE LAS FUERZAS ARMADAS" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2023/01/16/26" 
    ,"fechaPromulgacion" : "27/12/2022" 
  ,"fechaPublicacion" : "16/01/2023" 
  ,"vistos" : "    VISTO: lo dispuesto por el artículo 78 de la Ley N° 19.149, de 24 de octubre de 2013;\r\n\r\n   RESULTANDO: que la citada disposición autoriza al Poder Ejecutivo que a propuesta del Inciso 03 \"Ministerio de Defensa Nacional\", realice \"las transformaciones de cargos vacantes necesarias a los efectos de restablecer la pirámide de cargos militares y conformar una estructura de cargos civiles que permita la correcta organización del servicio y garantice el derecho al ascenso del personal militar y a la carrera administrativa de los funcionarios civiles. Las transformaciones requerirán informe previo y favorable de la Oficina Nacional del Servicio Civil y de la Contaduría General de la Nación, en el ámbito de sus respectivas competencias y no podrá implicar costo presupuestal\";\r\n\r\n   CONSIDERANDO: I) que la solicitud de la Unidad Ejecutora 033 \"Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas\" del Inciso 03 \"Ministerio de Defensa Nacional\", es a los efectos de contar con una mayor dotación de Profesionales Médicos y Nurses, integrantes del Escalafón de los Servicios Generales de esa Dirección Nacional;\r\n\r\n   II) que el costo de las presentes transformaciones será financiado por el Objeto del Gasto 092-000 \"Partidas globales a distribuir\" en la Unidad Ejecutora 001 \"Dirección General de Secretaría de Estado\";\r\n\r\n   III) que existen informes previos y favorables de la Oficina Nacional del Servicio Civil y de la Contaduría General de la Nación, respecto de las transformaciones de cargos solicitadas;\r\n\r\n   ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo informado por la Oficina Nacional de Servicio Civil, por la Contaduría General de la Nación, por la Dirección General de Recursos Financieros y por el Departamento Jurídico-Notarial, ambos Ministerio de Defensa Nacional y a lo dispuesto por el artículo 78 de la Ley N° 19.149, de 24 de octubre de 2013;\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/423-2022/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Autorízase la transformación de los cargos vacantes correspondientes a la Unidad Ejecutora 033 \"Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas\" del Inciso 03 \"Ministerio de Defensa Nacional\", en los cargos que se proponen en el Anexo I, (*) el cual se considera parte integrante del presente Decreto. " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-originales/423-2022#ANEXO\" >Texto/imagen</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/423-2022/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Facúltase a la Contaduría General de la Nación a reasignar los créditos presupuestales a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto por este Decreto, sin que ello genere costo presupuestal.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/423-2022/3" 
 ,"textoArticulo" : "    Dése cuenta a la Asamblea General. Comuníquese, y oportunamente archívese. " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : "    LACALLE POU LUIS - JAVIER GARCÍA - AZUCENA ARBELECHE " 
 }