CARNE DE SALUD DEL NIÑO Y DE LA NIÑA CON TRISOMIA 21 (SINDROME DE DOWN)




Promulgación: 14/09/2009
Publicación: 23/09/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2009
  •    Página: 755
VISTO: el Decreto Nº 542/007 de 27 de diciembre de 2007;

RESULTANDO: I) que, por el mismo se declaró obligatorio en todo el
territorio nacional el uso del Carné de Salud del Niño y de la Niña;

II) que, el Artículo 3º del Decreto-Ley Nº 14.852 de 13 de diciembre de
1978, establece que el Poder Ejecutivo reglamentará la misma por
intermedio del Ministerio de Salud Pública.

CONSIDERANDO: I) que, en el marco de la implementación del nuevo carné del
niño y niña regido por el Decreto Nº 542/007, se considera necesario la
creación de un carné de salud específico del niño y niña con trisomía 21
(Síndrome de Down) que tiene por objeto, además de informar y apoyar a las
familias, guiar y unificar las actuaciones de los profesionales en cuanto
a la periodicidad y característica de los controles sanitarios,
estableciendo un calendario de revisiones médicas, orientadas a actuar
sobre las afecciones más frecuentes, contando además con los ajustes
correspondientes de las curvas de crecimiento y desarrollo impresos en el
carné, adaptadas a los niños con trisomía 21;

II) que, el mismo se regirá por las especificidades propias y las
generales establecidas por el Decreto Nº 542/007, de 27 de diciembre de
2007, en forma subsidiaria;

III) que, en el marco del Sistema Nacional Integrado de Salud, es el
médico tratante el que podrá expedir el carné del niño y de la niña con
Trisomía 21 (Síndrome de Down), permitiendo de esa forma acceder sin
trámites a dicho documento sanitario;

ATENTO: a lo dispuesto por el Artículo 3º del Decreto-Ley Nº 14.852 del 13
de diciembre de 1978 y en el Decreto Nº 542/007 de 27 de diciembre de
2007;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Declárase obligatorio en todo el Territorio Nacional, a partir del 1º de
octubre de 2009, la expedición del Carné de Salud del Niño y de la Niña
con Trisomía 21 (Síndrome de Down), que se anexan y forman parte integral del presente Decreto.

(*)Notas:
 Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 423/009 de 
14/09/2009.

Artículo 2

 El mismo se regirá por las especificidades propias y las generales
establecidas por el Decreto Nº 542/007, de 27 de diciembre de 2007, en
forma subsidiaria.

Artículo 3

 Comuníquese, publíquese.


RODOLFO NIN NOVOA - MARIA JULIA MUÑOZ
Ayuda