TURISMO - EMPRESAS DE SERVICIOS TURISTICOS INMOBILIARIOS




Promulgación: 10/09/1992
Publicación: 30/09/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Derogada/o por: Decreto Nº 385/994 de 24/08/1994 artículo 24.
    Visto: La necesidad de ajustar las normas del Decreto Nº 463/990, de
11 de octubre de 1990, que reglamenta lo referente a las Empresas de
Servicios Inmobiliarios, a fin de propiciar un funcionamiento más ordenado
de ese importante sector de actividad.

    Considerando: I) Que se estima conveniente estimular  a aquellos
prestadores de los servicios antes mencionados que contribuyen
concretamente a la "desestacionalización", de la oferta turística del
país, manteniéndose en funcionamiento en forma permanente durante todo el
año, en contraposición a aquellos que desarrollan su actividad solamente
en el período de "alta temporada" o a quienes se incorporan al mercado
inmobiliario en forma circunstancial y transitoria, con el único fin de
sacar provecho de un coyuntura turística favorable.

    II) Que, asimismo resulta pertinente extender las exigencias derivadas
del Decreto antes referido, a las Empresas constructoras que comercializan
al público, en forma directa, las unidades que ellas mismas construyen, en
franca competencia con las Empresas de Servicios Inmobiliarios.

    III) Que, por último, es menester adecuar dichas exigencias a las
diferentes realidades que ofrece el mercado inmobiliario en las distintas
zonas turísticas del país.

    Atento: A lo precedentemente expuesto y a lo que disponen los
artículos 3º. 6º, inc. B, 7º, inc. E, 11 y 12 del Decreto-Ley Nº 14.335 de
23 de diciembre de 1974, artículo 84 de la Ley Nº 15.851, de 24 de
diciembre de 1986, y Decreto Nº 463/990, de 11 de octubre de 1990.

    El Presidente de la República

                          DECRETA:

Artículo 1

 (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 423/992 de 10/09/1992 artículo 1.

LACALLE HERRERA - JOSE VILLAR GOMEZ
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