CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO Nº 18 INDUSTRIA MOLINERA PANADERIAS Y FABRICACION DE PASTAS FRESCAS. SUBGRUPO MOLINOS DE YERBA




Promulgación: 31/07/1986
Publicación: 28/08/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 3

   Incorpóranse a las categorías definidas en el laudo de fecha 29 de mayo de 1968, para Molinos de Yerba, las siguientes:
   "Operario de mantenimiento: Es el operario que realiza tareas de albañilería, pintura, refacciones y mantenimiento del edificio sede de la empresa. Ocasionalmente puede realizar tareas del peón práctico".
   "Encargado de máquinas envasadoras automáticas: Es el operario responsable del funcionamiento de las máquinas envasadoras automáticas y el encargado del mantenimiento primario de las mismas. Controla el peso de las mercaderías envasadas siendo responsable de la producción".
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