{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "423" 
  ,"anioNorma" : 1981 
  ,"nombreNorma" : "MODIFICACION PRESUPUESTAL DE LA INTENDENCIA MUNICIPAL DE SALTO. EJERCICIO 1980" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1981/09/16/2" 
    ,"fechaPromulgacion" : "26/08/1981" 
  ,"fechaPublicacion" : "16/09/1981" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 1981 
  ,"pagina" : 831 
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  ,"vistos" : "    Visto: la gestión de la Administración Municiapl de Salto (Intendencia\r\ny Junta de Vecinos) por la cual propone al Poder Ejecutivo una\r\nModificación Presupuestal para el Ejercicio 1980.\r\n\r\n   Resultando: que esta Modificación Presupuestal cuenta con la aprobación\r\nde la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y Difusión y el acuerdo del\r\nTribunal de Cuentas.\r\n\r\n   Considerando: que de no recaudarse la totalidad de los recursos\r\nprevistos, deberán abatirse gastos a efectos de mantener el equilibrio\r\npresupuestal.\r\n\r\n   Atento: a lo informado por la Secretaría de Planeamiento, Coordinación\r\ny Difusión y a lo acordado por el Tribunal de Cuentas,\r\n\r\n                      El Presidente de la República\r\n\r\n                                   DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/423-1981/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Apruébase la Modificación Presupuestal para el Ejercicio 1980 propuesta\r\npor la Administración Municipal de Salto (Intendencia y Junta de Vecinos),\r\ncuyos montos quedan fijados en N$ 40.039.000.00 (nuevos pesos cuarenta\r\nmillones treinta y nueve mil). Los mismos presentarán la siguiente\r\ncomposición:\r\n\r\nI) EGRESOS (en miles de pesos)\r\n\r\n\r\n                                      Vigente     Proyectado\r\n\r\nRetribuciones Personales ...........  6.252.7     9.388.2\r\nBenef. y Cargas Sociales  ..........  2.116.6     1.486.6\r\n                                      -------     -------\r\n Subtotal  .........................  8.369.3    10.874.8\r\nGastos de Funcionamiento     .......  4.020.1     7.539.2\r\n                                      -------   --------\r\nTotal Operativo                      12.389.4    18.414.0\r\n\r\n\r\nInversiones\r\nRetribuciones Personales ..........   4.178.1     6.600.0\r\n\r\nGastos    .........................   6.776.8    14.625.0\r\n                                      --------   --------\r\n Total de Inversiones .............  10.954.9    21.225.0\r\n                                     --------    --------\r\n\r\nJunta de Vecinos                        235.8       400.0\r\n                                      -------    --------\r\n\r\n  TOTAL                              23.580.1    40.039.0\r\n\r\nII) RECURSOS (en miles de nuevos pesos)\r\n\r\nA) De Origen Departamental:\r\n                                      Vigente     Proyectado\r\n   1. Impuestos:\r\n\r\n      Contrib. Inmob. Rural........   4.000.0     9.000.0\r\n      Contrib. Inmob. Urbana......      350.0       880.0\r\n      Patente de Rodados..........    3.550.0     8.500.0\r\n      Remates.....................    8.200.0    10.200.0\r\n      Otros.......................      536.0       469.0\r\n\r\n\r\n                                      Vigente     Proyectado\r\n   2. Tasas:\r\n\r\n      Timbres y Sellados..........      500.0       750.0\r\n      Alumbrado y Salubridad......    1.100.0     1.650.0\r\n      Conservación Pavimento......      670.0     1.850.0\r\n      Inscripción Vehículos.......      500.0     1.800.0\r\n      Inspección Vehículos........      355.0       750.0\r\n      Inspección Locales..........      500.0       700.0\r\n      Otros.......................      913.9     1.571.0\r\n\r\n   3. Precios.....................      802.5     1.570.0\r\n\r\n   4. Contrib. por mejoras........      120.0       105.0\r\n\r\n   5. Multas......................      153.0       204.0\r\n\r\nB) De Origen Nacional:\r\n\r\n      Obras por Convenio..........       40.0        40.0\r\n      Combustibles................      103.3         -.-\r\n      Aporte Patronal D.G.S.S.....    1.186.4         -.-\r\n                                     --------    --------\r\n                                     23.580.1    40.039.0\r\n " 
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 , { "nroArticulo" : "2" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
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 ,"textoArticulo" : "    En caso de no recaudarse la totalidad de los recursos previstos,\r\ndeberán abatirse gastos a efectos de mantener el equilibrio presupuestal.\r\n " 
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 , { "nroArticulo" : "3" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/423-1981/3" 
 ,"textoArticulo" : "    De acuerdo a lo dispuesto por el inciso e) del artículo 5 del Decreto\r\nConstitucional 3/976, de 1° de setiembre de 1976, rigen para el personal\r\nmunicipal las mismas normas sobre incompatibilidades, compensaciones,\r\ncontrataciones y acumulaciones de sueldos vigentes en lo nacional.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/423-1981/4" 
 ,"textoArticulo" : "    Permanecen en vigencia todas las disposiciones presupuestales no\r\nmencionadas en la presente modificación.\r\n " 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 5" 
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 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, etc.\r\n " 
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  ,"firmantes" : " MENDEZ - VALENTIN ARISMENDI\r\n " 
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