{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "422" 
  ,"anioNorma" : 2009 
  ,"nombreNorma" : "APROBACION DE LA REGLAMENTACION DE FUNCIONAMIENTO DE LOS LABORATORIOS DE ANATOMIA PATOLOGICA" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2009/09/22/4" 
    ,"fechaPromulgacion" : "14/09/2009" 
  ,"fechaPublicacion" : "22/09/2009" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 2009 
  ,"pagina" : 748 
  } 
  ,"vistos" : " VISTO: la necesidad de reglamentar el funcionamiento de los Laboratorios\r\nde Anatomía Patológica;\r\n\r\nRESULTANDO: que, la Comisión Interinstitucional creada en la órbita de la\r\nDirección General de la Salud, con el cometido de asesorar y mantener\r\nactualizada la normativa, elaboró el proyecto de reglamentación para la\r\nhabilitación de las Unidades de Anatomía Patológica, contando para ello\r\ncon el asesoramiento del Departamento de Anatomía Patológica de la\r\nFacultad de Medicina, de la Sociedad de Anatomía Patológica del Uruguay y\r\nde la Sociedad Uruguaya de Citología;\r\n\r\nCONSIDERANDO: I) que, se estima pertinente aprobar la citada\r\nreglamentación a los efectos de contar con el marco regulatorio para\r\nhabilitar las Unidades de Anatomía Patológica;\r\n\r\nII) que, se ha tenido en cuenta lo recomendado por la Comisión\r\nInterinstitucional creada con el cometido de asesorar en materia de\r\ncategorización y requisitos que deben cumplir los Laboratorios de Análisis\r\nClínicos;\r\n\r\nIII) que, el proyecto elevado por el Departamento de Habilitaciones de\r\nServicios de Salud, cuenta con informe favorable de la División Servicios\r\nde Salud y de la Asesoría Jurídica de la Dirección General de la Salud del\r\nMinisterio de Salud Pública;\r\n\r\nIV) que, dicha Dirección General otorga su aval respectivo al presente\r\nproyecto de reglamentación;\r\n\r\nATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo establecido por la Ley N°\r\n9.202 - Orgánica de Salud Pública - de 12 de enero de 1934 y lo dispuesto \r\npor los Decretos del Poder Ejecutivo N° 416/002 de 29 de octubre de 2002 y\r\nN° 129/005 de 4 de abril de 2005;\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
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   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/422-2009/1" 
 ,"textoArticulo" : " (*)\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-reglamento/422-2009\" >Texto</a> (Reglamentación del funcionamiento de Laboratorios de Anatomía \r\nPatológica).\r\n" 
 } 
  ] 
  ,"firmantes" : " RODOLFO NIN NOVOA - MARIA JULIA MUÑOZ " 
 }